Registro de bioestimulantes bajo Reglamento (UE) 2019/1009
- Escrito por:Mar Del Pozo
- 10 febrero, 2026
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¿CÓMO REGISTRAR UN BIOSTIMULANTE EN LA UNIÓN EUROPEA?
¿Cuál es el reglamento que regula el registro de bioestimulantes en la UE?
Los productos bioestimulantes se incluyen en el Reglamento (UE) 2019/1009 como fertilizantes UE dentro de la categoría funcional de producto (CFP) número 6: Bioestimulantes de plantas (microbianos y no microbianos).
Según el Reglamento, es necesario que se realicen ensayos agrícolas para demostrar los efectos reales del producto sobre la planta, los cuales deberán ser declarados en la etiqueta posteriormente.
Los efectos que deben demostrarse y declararse se denominan claims y sus especificaciones técnicas quedan englobadas en la serie EN 17700, compuesta por una parte general y un documento para cada objetivo por separado.
- Principios generales: UNE-EN 17700-1: 2025.
- Eficiencia en el uso de nutrientes: UNE-EN 17700-2: 2025.
- Tolerancia al estrés abiótico: UNE-EN 17700-3: 2025.
- Determinación de los rasgos de calidad: UNE-EN 17700-4: 2025.
- Determinación de la disponibilidad de nutrientes confinados en el suelo o la rizosfera: UNE-EN 17700-2: 2025.
Bajo este post, a fecha de 2026, por tanto, quedan anuladas y sustituidas las normas CEN/TS 17700 2022 por las directrices anteriormente mencionadas.
UNE-EN 17700-1: PRINCIPIOS GENERALES
En la primera parte de las normas UNE-EN 17700 se recogen los principios generales para justificar los claims de los bioestimulantes de plantas. Es un guía estructural donde se engloban los requisitos que deben cumplir los ensayos de eficacia para poder justificar adecuadamente las funciones que se van a declarar en la etiqueta del producto.
Describe el número mínimo de ensayos que son necesarios, los grupos de cultivo (extensivos, hortícolas o ornamentales y leñosos), cómo debe ser el diseño experimental, el mínimo número de réplicas, etc.

UNE-EN 17700-2: EFICIENCIA EN EL USO DE NUTRIENTES
El Reglamento UNE-EN 17700-2 , se basa en la justificación del claim: eficiencia en el uso de nutrientes resultante del uso de un bioestimulante de plantas, es decir, la eficiencia que tiene la planta para adquirir y utilizar los nutrientes del entorno gracias a la aplicación del bioestimulante. Para demostrar este efecto nos podemos centrar en:
- La disponibilidad de nutrientes: nutrient availability
- La eficiencia en la absorción de nutrientes: uptake efficiency
- La eficiencia en el uso de nutrientes: utilization efficiency

UNE-EN 17700-3: TOLERANCIA A UN ESTRÉS ABIÓTICO
El Reglamente UNE-EN 17700-3 se centra en la justificación del claim: Tolerancia a un estrés abiótico resultante del uso de un bioestimulante de plantas, es decir, la eficiencia de una planta para hacer frente a un impacto negativo del entorno, lo que se denomina estrés abiótico. Algunos ejemplos:
- Estrés hídrico: deficiencia de agua, sequía, etc.
- Estrés térmico: temperaturas excesivamente altas o bajas, etc.
- Estrés lumínico: falta de luz, radiación ultravioleta, etc.
- Estrés mecánico: granizo, viento, etc.
- Estrés químico: salinidad, pH, etc.
Se puede demostrar la eficiencia para un solo estrés o para una combinación de ellos, pero siempre se deberá especificar cual es el efecto del bioestimulante en la etiqueta.

UNE-EN 17700-4: DETERMINACIÓN DE LOS RASGOS DE CALIDAD
El reglamento UNE-EN 17700-4 describe el claim: Determinación de las características de calidad resultantes del uso de un bioestimulante de plantas, lo que denominamos quality trait y hace alusión a la mejora en un rasgo agronómico o en su valor comercial.
Es la cualidad más fácil de demostrar y hace mención, por ejemplo, al incremento en la cosecha causado por un aumento en el peso o en el número de frutos.
Las cualidades comerciales podrían ser el color, la forma, el contenido de azúcar, la firmeza o el tamaño del fruto, entre otras.

UNE-EN 17700-5: DISPONIBILIDAD DE NUTRIENTES CONFINADOS EN EL SUELO O LA RIZOSFERA
El reglamento UNE-EN 17700-5 se fundamente en el claim: Determinación de la disponibilidad de nutrientes inmovilizados en el suelo o en la rizosfera, es decir, la capacidad del bioestimulante para liberar los nutrientes ya presentes en el suelo pero que no están disponibles para la planta.
Para ello se deberán realizar análisis químicos del suelo de las parcelas tratadas para comparar sus cualidades con las parcelas control.
¿Por qué registrar un bioestimulante con el marcado CE?
Registrar un producto bioestimulante bajo el marcado CE aporta una serie de beneficios que favorecen la comercialización y la credibilidad técnica del producto. El marcado CE permite comercializar el producto en todos los estados miembro de la UE sin necesidad de registros nacionales adicionales. Además, al poseer un acuerdo de conformidad documentado y verificado se obtiene mayor confianza y credibilidad frente a distribuidores y clientes.
En NEVAL desarrollamos protocolos de ensayo a medida, adaptados específicamente al claim bioestimulante que se quiera declarar, siempre alineados con el marco regulatorio europeo. Analizamos cada producto de forma individual para definir la estrategia experimental más adecuada, seleccionando las variables agronómicas, fisiológicas o de suelo que realmente respaldan el efecto declarado. Si estás en fase de desarrollo, validación o preparación para el registro de un bioestimulante en la UE, contacta con nosotros y te acompañaremos en todo el proceso con un enfoque técnico, riguroso y orientado a resultados.
